Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos MISTERIA IGNACIA ROJAS DE BUCHELLI y WALTER HANS BUCHELLI MORA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges y titulares de las cédulas de identidad números V-5.908.499 y V-24.460.238, respectivamente.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos, ante la Prefectura del Municipio Valdez del Estado Sucre, en fecha 18 de mayo de 1993, Acta Nº 08. TERCERO: Líbrense sendos oficios de participación a las autoridades correspondientes y anéxese copia certificada de la presente decisión, asimismo líbrense copias certificadas a los solicitantes.
CUARTO: Da.....