este Tribunal Vigésimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, formulada por los ciudadanos WILLIAM CAMILO BONILLA PADILLA y NAIRIS EGLEE VILLALOBOS SANCHEZ, respectivamente, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nrs: V-16.745.394 y V-16.343.681, respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos fecha Siete (07) de Noviembre del año Dos Mil Nueve (2009), según consta el Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 42, del Libro de Actas de Matrimonios llevados por dicha Autoridad, expedidapor ante el TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNCIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPLITANA DE CARACAS. Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo.....