Visto escrito de fecha diecinueve (19) de septiembre de 2011, presentada por los ciudadanos: la parte Actora RAFAEL ROBERTO DIAZ LENTINI, cédula de identidad NºV-6.393.586, su apoderada judicial, abogada NORKA MUJICA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N°100.605, acreditación que consta en autos y por la parte Co-Demandada FREMAK INDUSTRIES, INC, su apoderado judicial, abogado SIMÓN JURADO-BLANCO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº76.855, acreditación que consta en autos y por la parte Co-Demandada ARCELOR INTERNATIONAL VENEZUELA C.A., su apoderado judicial, abogado JUAN VICENTE ARDILA VISCONTI, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°73.419, acreditación que consta en autos; este Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Mediación, le imparte la HOMOLOGACION a la manifestación de voluntad de la parte Actora, de DESISTIR DEL PROCEDIMIENTO, toman.....