Por lo anteriormente expuesto y en atención a la norma anteriormente transcrita y acogiéndose a la misma, este Tribunal administrando Justicia, en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN en todas y cada una de sus partes el Convenimiento presentado en fecha 26-09-2012, con motivo del juicio que por COBRO DE BOLIVARES, tiene incoado ADMINISTRADORA IBIZA C.A contra INVERSIONES DASRI C.A y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. ASÍ SE DECIDE.
Asimismo el tribunal ordena el resguardando del cheque de gerencia identificado con el Nº 00029058 girado contra la entidad bancaria Banesco, Banco Universal a favor de La Sociedad Mercantil ADMINISTRADORA IBIZA, C.A, por la cantidad de SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS BOLIVARES SIN CENTIMOS ( Bs. 6.542,00) .