Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora contra de la sentencia dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo en fecha 13/07/2011. SEGUNDO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte accionada contra de la sentencia dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo en fecha 13/07/2011; TERCERO: SE ANULA la sentencia dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo en fecha 13/07/2011. CUARTO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada MARIO ANTONIO ORTIZ MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio .....