En este estado este Juzgado vista la incomparecencia de la parte actora a este acto, es forzoso declarar la consecuencia jurídica establecida en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, como lo es el Desistimiento del Procedimiento y así se establece. Finalmente se acuerda la entrega de los elementos probatorios aportados por la representación judicial de la parte demandada y se remite en custodia a la Oficina de Deposito de Bienes los elementos aportados por la representación judicial de la parte actora hasta que solicite su retiro. Téngase la presente acta como sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva. Es todo, se leyó y conformes firman.