DISPOSITIVA
Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos, ERIKA INES LUGO y JIMMY WILLIAMS MARCADO RODRIGUEZ, titulares de las cédulas de identidad números 14.127.597 y 14.158.813, respectivamente.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído por ambos, ante la la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Bernardino, en fecha 12 de marzo de 2003, Acta de Matrimonio Nº 12.
TERCERO: Líbrense sendos oficios de participación a las autoridades correspondientes y anéxese copia certificada de la presente decisión, asimismo líbrense copias certificadas a los solicitantes.-
CUARTO: Dada la naturaleza del presente fallo.....