En virtud a todo el razonamiento anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara Concluido el presente asunto, seguido contra el ciudadano Ramón Canache Hurtado, bajo el Nº JL01-P-2001-137, por cumplimiento total de pena en Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, habiendo cumplido satisfactoriamente con el régimen de pruebas en suspensión. En consecuencia, se decreta la Libertad Plena del indicado penado, ordenándose oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a fin de que sea excluida la solicitud que registre el indicado penado, en los archivos de dicho Cuerpo, exclusivamente por el presente asunto; a la Coordinación de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, Región Central del Ministerio del Poder Popular Para el Interior y Justicia y al Departamento de Ejecución y Sanciones del Minis.....