Visto el escrito de pruebas presentado por el ciudadano abogado RAFAEL CELESTINO TORREALBA, en su carácter de apoderado judicial del Ciudadano: JOSE VICENTE TIRADO, querel1ado de autos, se acuerda agregarlos a los autos: así como también los recaudos que lo acompañan. En consecuencia, este Tribunal niega su admisión, por cuanto en las mismas no expresa el objeto de las pruebes, es decir lo que pretende demostrar con los hechos alegados. Este Juzgado acoge criterio del Tribunal Supremo de Justicia, Sala Casación Civil de fecha 16-11-01, sentencia Nº 0363.