Vista la exposición que antecede, realizada por la Ciudadana NORMELYS GARCIA AZUAJE, cursante al folio 18 del Expediente N° 776-08, actuando en representación de su hija (identificada en autos), quién desiste del procedimiento en la presente causa.- El Tribunal administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, lo da por consumado e imparte su homologación solo en lo referente al procedimiento, por cuanto esta materia involucra el interés superior del niño y del adolescente que es de carácter irrenunciable.-