En virtud de las razones expuestas, este Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación de la parte actora en contra de sentencia de fecha 14/08/2009 emanada del Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial el Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano ARTEMIS EDUARDO REJÓN GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, de éste domicilio y titular de las cédula de identidad N° V- 7.684.168 contra la empresa COMPAÑÍA ANÓNIMA TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV. En consecuencia se condena a pagar los conceptos determinados en la parte motiva del presente fallo; TERCERO: Se modifica el fallo apelado. CUARTO: Por la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas. Se ordena la notificación de la Procuraduría Gene.....