En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: DECLARA CON LUGAR, la solicitud de la Representante Fiscal, y en tal sentido: ACUERDA: Primero: Reintegrar al domicilio a la ciudadana D.A.A.F (se omite identidad), titular de la cédula de identidad N 14.575.612, y a su menor hija de tan solo un año y seis meses de nacida, (identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la ley Orgánica para la protección del Niño, Niña y Adolescente); en la residencia en común, ubicada en la Parroquia Santa Teresa. Entre Esquina de Castan a Hoyos de la Parroquia Santa Teresa. Residencias La Concordia. Torre D. Piso 8. Apa.....