este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SE ADMITE la reforma de la demanda presentada por la abogada MARIBEL LUCRECIA TORO ROJAS, apoderada judicial de la parte actora, ciudadana JOSEFA GARCIA LOPEZ en el juicio que por ACCION MERO DECLARATIVA sigue contra el ciudadano JOSE MANUEL GARCIA GARCIA, PABLO ALBERTO GARCIA GARCIA y TOMAS GARCIA GARCIA, supra identificados, salvo lo que se demuestre en el debate procesal.-
SEGUNDO: se ordena el emplazamiento de la parte demandada, ciudadanos JOSE MANUEL GARCIA GARCIA, PABLO ALBERTO GARCIA GARCIA y TOMAS GARCIA GARCIA., para que comparezcan ante este Tribunal, ubicado en la Torre Norte del Centro Simón Bolívar, Plaza Caracas, El Silencio, Caracas, Distrito Capital, dentro de los VEINTE (20) días de Despacho siguientes a la constanc.....