PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR, la Acción de Daños y Perjuicios intentada por la parte actora Ciudadanos JOSÉ ANDRÉS ROLAS TOVAR y WILLIAM ALFREDO LÓPEZ FLORES, venezolanos, mayores de edad, de profesión Médicos, titulares de las cédulas de identidad Nros. 2.097.037 y 3.558.821, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Calabozo, Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, en contra de la Empresa Mercantil CENTRO MÉDICO CALABOZO, C.A., inscrita ante el Registro de Comercio que era llevado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Trabajo y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, hoy a cargo del Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, bajo el N° 14, folios 52 al 57, del Tomo 5, de fecha 15 de Noviembre de 1.986, a su Junta Directiva integrada por su Presidente EDUARDO ELCOCK JIMÉNEZ, y sus Directores, ciudadanos OSCAR CHIRINOS, WILLIAM BERNACHIA, MARIELA NÚÑEZ DE MANZANILLA y VILMA CHAC.....