"Seguidamente, el Tribunal indica al Perito Avaluador que realice un avaluó prudencial de los bienes señalados por la parte actora, quien expone: "luego de evaluados los bienes señalados por la abogada ejecutante y sometidos los mismos a un avaluo tomando en consideración el estado de conservación de los mismos se concluye un valor prudencial de trescientos cincuenta y un millones de bolivares (Bs 351.000.000, 00). Es todo". En este estado, el Tribunal vista la exposición del perito avaluador, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara embargados ejecutivamente los bienes muebles descritos anteriormente hasta por la cantidad de trescientos cincuenta y un millones de bolívares (Bs 351.000.000, 00); Asi mismo deja al Depositario Judicial previamente designado y juramentado en guarda y custodia de los mismos conforme a la ley. Seguidamente, el Depositario Judicial manifiesta al Tribunal recibir conforme dichos bienes los cua.....