Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante ciudadano Luis Felipe Dominguez. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE). TERCERO: SE REVOCA PARCIALMENTE la decisión recurrida de fecha 24 de enero de 2007 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la ciudad de Calabozo. En consecuencia se declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA