este Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, camguan y san Geronimo de Guayabal, declara, LA PERENSION DE LA INSTANCIA Y LA EXTINCION DEL PROCESO, de conformidad con lo establecido en los Artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil Vigente y una vez que quede definitivamente firme la presente decisión, remítase en su oportunidad al Archivo Inactivo de esta Ciudad de Calabozo, a los fines de su archivo. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Librese oficio. Así de decide. En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada, para el Archivo de este Juzgado.
Dado, Firmado y Sellado en la Sala del Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Jerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, a los Veintiocho días del mes de Marzo de Dos mil Ocho. (28-03-2008)
Años: 195º de la Indepen.....