La parte demandada, con plena facultad para transigir, tal como se desprende del instrumento poder que consta al folio 38 del físico del expediente, pagó a la parte actora la cantidad total de Bs.F.58.544,67, que devienen de la persistencia del despido de acuerdo a la discriminación a la que se alude en el escrito de fecha 09 de junio de 2010, que consta a los folios 35 al 42 del físico del expediente, así como también se incluye el abono efectuado en marzo de 2011, por la cantidad de Bs.F.8.932,48, a cuyos efectos se ordena agregar a los autos en un folio útil copia simple correspondiente a dicho abono. Igualmente se deja constancia que el pago ut supra indicado corresponde a los plenamente discriminados e identificados en el escrito de fecha 09 de junio de 2010. En este estado la representación judicial de la parte actora acepta la cantidad ofrecida en los términos señalados, sin más nada que reclamar. Seguidamente ambas partes solicitan a este Juzgado homologue el presente acuerdo.....