Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, acuerda: PRIMERO: La acumulación de los asuntos distinguidos con las nomenclaturas: JP51-L-2009-000377, admitida por este Tribunal en fecha 08 de octubre de 2009, JP51-L-2009-000378,admitida por este Tribunal en fecha 08 de octubre de 2009, JP51-L-2009-000435, admitida por este Tribunal en fecha 26 de octubre de 2009, JP51-L-2009-000440,admitida por este Tribunal en fecha 27 de octubre de 2009 y JP51-L-2009-000486,admitida por este Tribunal en fecha 10 de noviembre de 2009y la presente causa, signada con el número JP51-L-2009-000448, admitida por este Tribunal el 28 de octubre de 2009, ello para mantener la unidad de procedimiento y direcc.....