A través de SENTENCIA DEFINITIVA declaró CON LUGAR el divorcio entre los ciudadanos JOSE GREGORIO RUIZ RIOS y ARMINDA COROMOTO MERCADO MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.693.715 y V-12.393.715, respectivamente. En consecuencia, se declaró DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha 14 de octubre de 1992, por ante la Autoridad Civil de la Parroquia La Dolorita del Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda, acta Nº 100, de los libros de matrimonios del Registro Civil respectivo. Se ordenó librar oficio a la Oficina del Registro Civil de la Parroquia La Dolorita, Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda, al Registro Principal del Estado Miranda y a la Oficina Nacional del Consejo Nacional Electoral del Estado Miranda, anexándoles copias certificadas de la presente sentencia y del auto de ejecución de la misma.