Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros; de conformidad con el artículo 253 constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL CIVIL existente entre los ciudadanos: RICHARD JOSE CORONADO y LUISA MARIA MONTEVIDEO PAEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad N°. V- 10.667.468 y V.- 11.117.007, domiciliado el primero de los nombrados, en la Calle Caicara, Casa N° 24, Barrio El Mahomo, San Juan de los Morros, Estado Guárico y la segunda, en el Callejón Los Flores, Casa N° 49-5, Tamborito, Cagua, Estado Aragua, tal y como se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 299, que riela al f.....