En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la acción de DESALOJO incoada por el ciudadano NUCHO LUIS FANTASIA PALLOTTA a través de su Apoderada Judicial Abogada ROSARIS BUSTAMANTE, contra el ciudadano HUMBERTO TORRES CENTENO, todos identificados suficientemente en autos y, en consecuencia, CONDENA a éste último a hacer entrega al demandante del inmueble ubicado en la Urbanización Los Morros, Calle Los Mangos, casa sin número, en esta ciudad de San Juan de los Morros, en perfecto estado para habitarlo. Así mismo, se le condena al pago de la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000) por concepto de cánones de arrendamiento correspondiente a los meses Noviembre 2006, Diciembre 2006, Enero 2007, Febrero 2007, Marzo 2007 y Abril 2007, más los que .....