Por las razones anteriores, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le otorga la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda propuesta por JOSÉ OVIDIO ABREU contra SOLUCIONES INMOBILIARIAS SOLINCA, C.A., y la ciudadana VALERIA BLANCHI DI ROASCIO DE IMPERIALI, por CUMPLIMIENTO DE OFERTA PREFERENTE ARRENDATICIA. SEGUNDO: Se condena al pago de las costas judiciales a la parte demandante por haber sido vencida.