Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, con Sede en San Juan de los Morros; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial Civil existente entre los ciudadanos: JOSE RAFAEL ARREAZA GAMARRA Y NANCY MILDRED AGUIRRE NAVAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.391.572 y V-11.116.278 respectivamente, contraído en fecha Veinticinco (25) de Abril de 2008, por ante el Registro Civil del Municipio Juan German Roscio Nieves del Estado Guarico, tal y como se evidencia del Acta de Matrimonio registrada bajo el Nº 100 del año 2008, con fundamento en el Artículo 185–A del Código Civil Venezolano.-
Conforme lo dispone el art.....