Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO, presentada por los solicitantes, ciudadanos BEATRIZ ELENA SIERRA RESTREPO y FERNANDO ANTONIO RODRIGUEZ GUERRA, ambos de nacionalidad colombiana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº E-84.584.095 y E-84.589.601, respectivamente, y en consecuencia decide: ÚNICO: En el acta de matrimonio Nº 19, que contiene la celebración del matrimonio civil contraído entre los ciudadanos BEATRIZ ELENA SIERRA RESTREPO y FERNANDO ANTONIO RODRIGUEZ GUERRA, identificados con las cédulas de identidad Nº E-84.331.175 y E-84.332.176, respectivamente, levantada en fecha 09 de agosto de 2007, por ante la Oficina de Registro Civil del.....