SEGUNDO
Llenos como están los extremos del citado artículo 185-A, éste Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos: LUIS MANUEL ARTEAGA GIMÉNEZ y FANNY DEL VALLE AGUILAR., identificados en autos, y en consecuencia, disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante la Junta Parroquial de San Francisco de Tiznados, Municipio Ortiz del Estado Guarico, en fecha 09 de Septiembre del año 1999, según consta en copia certificada del acta de matrimonio Nº 08, Año 1999, expedida por el Presidente de la Junta Parroquial de San Francisco de Tiznados, Municipio Ortiz del Estado Guarico, en fecha 12 de Mayo del 2.010, quedando inserto en los libros respectivos.
Regístrese, publíquese y déjese copia del presente fallo y ejecútese.
Dada firmada y sellada en la Sala de Audiencia de este Tribunal, en la ciudad de San.....