En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley , declara: Único: CON LUGAR la cuestión prejudicial alegada por la demandada, en el juicio por cobro de indemnizaciones por enfermedad ocupacional incoada por la ciudadana LYZSETTE TARCILIA VARGAS CASTILLO contra la empresa TELCEL C.A. TELEFÓNICA MOVISTAR, con motivo de la acción de nulidad interpuesta por la demandada contra la certificación emitida por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales Inpsasel, Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda (Diresat) el 30 de octubre de 2010, Nº 0916-10, la cual está actualmente en apelación ante el Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, en consecuencia, queda suspendido el presente juicio hasta q.....