Por lo antes expuesto este Juzgado Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesta por la parte actora contra de la sentencia de fecha 06 junio del año dos mil 2016, por el Tribunal Tercero (3º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se confirma la sentencia apelada. TERCERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana ELIZABETH AGUIAR GARCÍA contra la entidad de trabajo UNIDAD EDUCATIVA INSTITUTO JERUSALEN, ambas partes identificadas en los autos, se ordena a la parte demandada a pagar al accionante los conceptos que se discriminaran en la parte motiva del presente fallo. CUARTO: No hay condenatoria en costas.