Por Fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA que por cumplimiento de contrato intentara la sociedad mercantil INVERSIONES P.M.S.D, C.A, contra la ciudadana STELLA JOSEFINA DRAYER DELGADO, en consecuencia:
PRIMERO: Se declara sin lugar la cuestión previa contenida en el ordinal 3º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la cuestión previa de defecto de forma del libelo contenida en el ordinal 6º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Se condena a la demandada a entregar completamente libre de personas y bienes y sin plazo alguno el apartamento distinguido con la letra y número 3-B, ubicado en el tercer piso del edificio Terbia Nicolao, situado en la Avenida Santa Ana de la Urbanización B.....