III
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento:
Primero: Se declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, fundamentado en el Artículo 185-A, solicitada por los ciudadanos FELIPA IRIS GARCÍA DE JIMENEZ y DOMINGO ANTONIO JIMENEZ DÍAZ, mayores de edad, venezolanos, cónyuges, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 3.100.111 y V.- 6.054.288, respectivamente, y en consecuencia se declara disuelto el vinculo matrimonial que los unía, el cual fue contraído por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Sucre del Estado Miranda, el 21 de diciembre de 1983, tal y como consta del Acta de Matrimonio Nro. 444 que obra en autos.-
Segundo: Liquídese la comunidad conyug.....