En tal virtud, este Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 585 y 588 ordinal 3º del Código de Procedimiento Civil, decreta MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el inmueble que a continuación se describe: apartamento distinguido con el numero y letra cuarenta y tres raya A (43-A), ubicado en la prolongación de la avenida El Ejercito de la Urbanización El Paraíso, al sur de la Autopista Francisco Fajardo en Jurisdicción de la Parroquia San Juan, Departamento Libertador, hoy Municipio Libertador del Distrito Federal, hoy Distrito Capital, en la ciudad de Caracas, identificado como sector tres (3) en el plano de ubicación del "Conjunto Residencial Parque Paraíso", dicho apartamento tiene asignado un puesto de estacionamiento identificado con el numero 182, tiene el mencionado apartamento una superficie de OCHENTA METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS (80,50 M2), se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: con pasillo de cir.....