PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de la accionada de declarar la perención de la instancia en el presente proceso.
SEGUNDO: CON LUGAR LA DEFENSA DE PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN opuesta por la parte demandada en este juicio, y en consecuencia, SIN LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos RINA JOSEFINA ORTIZ COLINA, INGRID JOSEFINA ALVARADO DIAZ, LENNY MAYERLING APOLINAR ALMEIRA, CARMEN ERIKA AGUILERA ARIAS, JOAN HUMBERTO TRIANA GUERRERO, contra la empresa, BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., ambas partes debidamente identificadas en los autos.
TERCERO: Se exonera de costas a la parte actora conforme a lo dispuesto en el art. 64 LOPTRA.