Decisiones del dia 28/11/2014
N° Expediente :
13.999
N° Sentencia :
Fecha: 28/11/2014
Procedimiento: Cobro De Bolívares
Partes: BANCO CONSTRUCCION VS INVERSORA 5374, C.A.
Resumen:
Igualmente, de una revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente, se evidenció, que la parte demandada no constituyó domicilio procesal alguno, en razón de lo cual, se considera que en el presente caso, la notificación de la parte demandada ha sido practicada conforme a derecho, a tenor las normas contenidas en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil, y las mismas, se deben tener como válidas. Así se establece.
En razón de lo anterior, es forzoso para este Tribunal Superior NEGAR la solicitud de reposición de la causa, planteada mediante escrito de fecha seis (6) de noviembre del año en curso, por el abogado DAVID JOSÉ ROSARIO KRANSER, antes identificado, en su carácter de apoderado judicial de la parte codemandada, ciudadanos FERNANDO RAMOS ROYO, FRANCISCO MARIÑA TINOCO y CARLOS RAMOS ROYO. Así se decide.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA
Dra. EVELYNA D’APOLLO ABRAHAM.
MARÍA CORINA CASTILLO PÉREZ
EDAA/jb.- Exp. Nª 13.999
Juez/Ponente:
Evelyna D Apollo
Organo:
Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Transito
N° Expediente :
AH1B-X-2014-000062
N° Sentencia :
Fecha: 28/11/2014
Procedimiento: Cobro De Bolívares
Partes: ADMINISTRADORA VILLADALLY, C.A. VS. MOHAMMAD REZA BAGHERZADEH KHORSANDI Y BRENDA JOSEFINA RIVAS DE BAGHERZADEH
Resumen:
Se dictó decisión mediante la cual se Decretó Medida de Embargo Ejecutivo de conformidad con lo dispuesto con el artículo 630 del Codigo de Procedimiento Civil, sobre el bien inmueble propiedad de la parte demandada consistente en: "Un local comercial constituido con el número y letra cinco raya uno (5-1), situado en la planta Sótano del Edificio Residencias Parque Ávila, ubicado en la Avenida José María Vargas, Urbanización Santa Fe, Municipio Baruta, Distrito Sucre (hoy Municipio Baruta), Estado Miranda, con un área aproximada de quinientos cincuenta metros cuadrados (550 mt2). El referido inmueble le pertenece a la parte demandada, según documento debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito del Distrito Sucre (ahora Municipio Baruta) del Estado Miranda, en fecha 06 de octubre de mil novecientos noventa y dos (1992), bajo el N° 12, Tomo 7, Protocolo Primero".
Juez/Ponente:
Angel Eduardo Vargas Rodriguez
Organo:
Juzgado Undecimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
N° Expediente :
AP11-M-2013-000397
N° Sentencia :
Fecha: 28/11/2014
Procedimiento: Cobro De Bolívares
Partes: BANCO BICENTENARIO, BANCO UNIVERSAL, C.A. VS. GRUPO AGROFRIO 2009, C.A.
Resumen:
Se dictó Resolución mediante la cual se decretó la Reanudación de la presente causa, para el momento de su suspensión es decir al estado que continué transcurriendo el lapso de contestación a la demanda, y a los fines de salvaguardar el derecho de igualdad entre las partes y del debido proceso, se ordenó notificar a las partes, de la presente decisión de conformidad con lo dispuesto en los artículo 14 y 233 del Código de Procedimiento Civil, a fin de que tengan conocimiento de la reanudación de la presente causa, concediéndole un lapso de diez (10) días continuos, contados a partir de la constancia en autos de la ultima notificación que se practique, y una vez transcurrido dicho lapso, la causa continuará su curso en el estado en que se encontraba para el momento de la suspensión.
Juez/Ponente:
Angel Eduardo Vargas Rodriguez
Organo:
Juzgado Undecimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
N° Expediente :
AP11-M-2012-000593
N° Sentencia :
Fecha: 28/11/2014
Procedimiento: Cobro De Bolívares
Partes: FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS (FOGADE) VS. INVERSIONES RHJG
Resumen:
Se dictó decisión mediante la cual se decretó la Reanudación de la presente causa, al estado en que se encontraba para el momento de su suspensión es decir al estado de citación a la parte demandada, y a los fines de salvaguardar el derecho de igualdad entre las partes y del debido proceso, se ordenó notificar a las partes, de la presente decisión de conformidad con lo dispuesto en los artículo 14 y 233 del Código de Procedimiento Civil, a fin de que tengan conocimiento de la reanudación de la presente causa, concediéndole un lapso de diez (10) días continuos, contados a partir de la constancia en autos de la ultima notificación que se practique, y una vez transcurrido dicho lapso, la causa continuará su curso en el estado en que se encontraba para el momento de la suspensión.
Juez/Ponente:
Angel Eduardo Vargas Rodriguez
Organo:
Juzgado Undecimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito