PRIMERO: De conformidad con lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgador le imparte su HOMOLOGACIÓN en los mismos términos como quedaron expuestos, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, tiene incoado Sociedad Mercantil EL PORTACHUELO C.A., contra Sociedad Mercantil F&E 243 SALON DE BELLEZA COMPAÑÍA ANONIMA., ambas partes plenamente identificadas en el presente fallo.
Regístrese y Publíquese la anterior decisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 247 del Código de Procedimiento Civil
Déjese copia certificada de conformidad con lo preceptuado en el Artículo 248 eiusdem.