Este Tribunal Primero de Juicio del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal, del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda de conformidad con el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETAR el SOBRESEIMIENTO de la causa por haber operado la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL en la causa seguida en contra de la ciudadana LESLIE ROSANGELA PIÑA GONZALEZ, quien es venezolana, Natural de Caracas de 26 años de edad, hija de EUDO ANTONIO PIÑA y SONIA MARIA GONZALEZ., de ocupación u oficio Estudiante, residenciada en la Urbanización la Paraíta, calle el Guamacho, casa s/n, cerca de la Escuela Josefina Moreno de Olivares, Camaguán Estado Guárico, y titular de la cédula de identidad Nº 15.683.726, por el delito de Lesiones Personales Intencionales Leves, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal vigente para la fecha de los hechos en perjuicio de YENNI ALEJANDRA HERRERA.....