Es por lo que este Tribunal de Juicio N° 01 actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE: niega lo peticionado por la defensa en lo referente a la aplicación de una medida cautelar sustitutiva de libertad a los ciudadanos: MARITZA JOSEFINA MORENO RONDON,,LUIS EDUARDO RONDON MORENO y ERISON JOSE QUIARO MORENO, ampliamente identificados en autos, conforme a lo establecido en los articulo 29 y 271 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Diarícese, publíquese, déjese copia y notifíquese a las partes de la decisión dictada. Cúmplase.