ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION DE LA SECCION DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PASA A PRONUNCIARSE EN LOS SIGUIENTES TERMINOS: PRIMERO: Oída la exposición del sancionado, así como vista la solicitud de la Fiscal del Ministerio Público, quien ha requerido que se le mantenga la sanción de Privación de Libertad, a lo cual se opuso la defensa del sancionado, al respecto observa esta Juzgadora, que de las actas que conforman el presente expediente, se evidencia que: A los folios 18 al 25 de la segunda pieza del expediente, cursa Plan Individual realizado al sancionado XXXXXXXXXXXXX en el que se estableció las Metas y Estrategias, en el área Psicológica, área Educativa, y área Social, el primero de fecha 15-01-2010, el segundo de fecha 09-03-2010 y el tercero de fecha 08-02-2010. Al folio 43 y 44 de la segund.....