DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos ANGEL EDUARDO PANTOJA CARRILLO y DANIELA DOMINIT LORETO HURTADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-17.164.751 y V-16.913.040 respectivamente, de este domicilio, ambos en esta ciudad de Calabozo Municipio Miranda estado Guarico y en consecuencia de conformidad con lo establecido con el criterio vinculante dictado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchan, en sentencia dictada en fecha 2 días del mes de junio de dos mil quince (2015), Exp. N° 12-1163, se declara DISUEL.....