Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara lo siguiente:
PRIMERO: Se declara Parcialmente Con Lugar la demandada intentada por la Sociedad Mercantil ADMINISTRADORA IBIZA, C.A., en contra de los ciudadanos ADOLFO FREITES GAMES y SOLANGE JOSEFINA MARDENI DE FREITES, ambas partes plenamente identificadas, por COBRO DE BOLIVARES (VIA EJECUTIVA; y en consecuencia, se condena a la parte demandada a pagar a la actora la cantidad de Tres Mil Bolívares por la cantidad de Tres Mil Trescientos Treinta y Cinco Bolívares Fuertes con Setenta y Un Céntimos (Bs. F 3.335,71), por concepto de las cuotas de condominio adeudadas que van desde los meses julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2006; enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2007, generados por el inmue.....