este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara en el presente juicio, LA PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL DE LA PARTE ACTORA, CON EL CONSECUENTE ABANDONO DEL TRÁMITE, y así se decide.
Se deja sin efecto la medida de Prohibición de Enajenar y gravar decretada en el presente juicio, en fecha 25 de Febrero del 2008, por lo que una vez que quede firme esta sentencia, se ordena oficiar en su debida oportunidad, lo conducente al Registrador Público del Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui.
Se ordena notificar de esta decisión a las partes litigantes.
Por la naturaleza de la sentencia no hay condenatoria en costas.
Publíquese, incluso en la Pág. Web del Tribunal Supremo de Justicia, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO DE PRIM.....