En fuerza de los razonamientos de los hechos de hecho y de derecho expuestos por este Juzgado Segundo de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y
Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la demanda por DESALOJO intentada en la presente causa por la ciudadana Abogada GLADYS GONZALEZ DE ALBORNOZ, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijos y coherederos: GLADYS GRACIELA, CARLOS RAFAEL, MERY ANGELA Y CARLOS ALBORNOZ GONZALEZ contra el ciudadano: RODRIGO RAFAEL HERNANDEZ MOLINA, ambas partes identificadas en autos.
SEGUNDO: Condena a la parte demandada al Desalojo del inmueble ubicado en la Avenida Libertador N° 25-A entre Calle Bolívar y Calle Las Flores de esta ciudad; y comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: en Cuarenta y Siete metros, con diez.....