Se traslado y Constituyó el Tribunal en la Casa signada con el Número 58, ubicada Calle Nº 2, de la Urbanización las Garcitas, en esta Ciudad de Valle de la Pascua, Estado Guárico; sitio señalado por el Apoderado Judicial de la Parte Actora, a los fines de la práctica de la medida de Embargo Provisional, decretado por el Tribunal de la Causa Este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara Embargado Provisionalmente, el Vehiculo señalado y suficientemente descrito en la presente acta.