En fuerza de las razones que anteceden, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARALIZADA la presente causa por DAÑOS Y PERJUICIOS incoado por las sociedades mercantiles COMERCIAL HALCÓN, C.A., DISTRIBUIDORA DILKA, C.A., CORPORACION TREBOL, C.A. y SUMINISTRADORA MISISI, C.A., contra la entidad financiera BANCO DE CARACAS, C.A., hoy BANCO DE VENEZUELA, BANCO UNIVERSAL., por falta de impulso procesal de las partes que integran esta causa.
SEGUNDO: Se ordena la remisión del presente expediente contentivo del juicio por DAÑOS Y PERJUICIOS incoado por las sociedades mercantiles COMERCIAL HALCÓN, C.A., DISTRIBUIDORA DILKA, C.A., CORPORACION República TREBOL, C.A. y SUMINISTRADORA MISISI, C.A, contra la entidad financiera BANCO DE CARACAS, C.A., hoy BANCO DE VENE.....