Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Quinto (5°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento del procedimiento en contra de HOGARES DE CUIDADO DIARIO SENIFA, efectuado por la ciudadana EDILIA NACARIN LANDAETA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad numero V.- 14.991.026, en su carácter de demandante, debidamente asistida por la Procuradora de Trabajadores abogada CARMEN LÓPEZ, inscrita en el instituto de Previsión Social de abogado bajo el número 74.361, parte actora en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES sigue en contra de la FUNDACION DEL NIÑO DEL ESTADO GUARICO Y/O HOGARES DE CUIDADO DIARIO SENIFA , ello atendiendo a lo dispuesto en los artículos 263, 264.....