Vista las actas procesales que conforman el presente expediente, así como la diligencia de fecha 27 de Enero 2014, suscrita por la representación judicial de la parte actora, abogado RAFAEL ÁNGEL VISO INGENUO, antes identificado, mediante la cual desiste del procedimiento instaurado, éste Tribunal luego de haber verificado la facultad otorgada por la actora al referido profesional del derecho, mediante poder otorgado ante la Notaría Publica Vigésima Sexta del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 23 de Octubre de 2013, inserto bajo el N° 20, Tomo 79, de los Libros de autenticaciones llevados por dicha Notaría, comprueba que el mismo tiene plena facultad para desistir en el presente juicio, y por cuanto no existe presunción alguna que permita concluir que el desistimiento efectuado lesione o menoscabe de manera directa o indirecta derechos de terceros, ni de las partes que intervienen en este juicio. Asimismo por cuanto el referido desistimiento del procedimiento no es con.....