Se declaró CON LUGAR la acción de revisión interpuesta por la defensora pública penal N° 03 Abg. Katherine Villalobos, en su condición de defensora de los penados Henry Enrique Sosa y Danny José Graterol, en el asunto penal Nº JK11-P-2001-000047, con ocasión de la reforma del Código Penal, de fecha 13 de abril de 2005, publicado en la gaceta oficial Nº 5.768, la cual en su artículo 406 ordinal 1° rebaja la pena prevista para el delito de homicidio calificado. En consecuencia la nueva pena que deberán cumplir los ciudadanos Henry Enrique Sosa y Danny José Graterol es de dieciocho años y diez meses de prisión, y ocho años, siete meses y quince días de prisión respectivamente, por la comisión de los delitos de homicidio calificado y porte ilícito de arma de fuego el primero de los nombrados; y homicidio calificado en grado de complicidad el segundo de ellos. Todo de conformidad con los artículos 406 ordinal 1°, 278 y 84 ordinal 3° del Código Penal venezolano vigente.