este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico Extensión Calabozo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: Se acuerda La Lbertad Plena del imputado Mileime Mercedes Rojas, titular de la cédula Nº10.266.806, residenciado en calle principal, casa S/N., del Barrio Mereyal, Calabozo, en virtud de habérsele violado la Garantía Constitucional consagrada en el artículo 44 ordinal 1° de nuestra Carta Magna.
SEGUNDO: Se acuerda la aplicación del procedimiento por vía ordinaria a los fines de que se realice una investigación efectiva, acorde con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en nuestro Código Procedimental, para lograr el total esclarecimiento de los hechos que se investigan en el presente asunto.
TERCERO: Se ordena la práctica de un reconocimiento Médico Legal al imputado a objeto de determinar si hub.....