Por todas las consideraciones precedentes, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: LA INCOMPETENCIA POR LA MATERIA de este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para conocer de la presente acción, incoada por la Sociedad Mercantil VÍVERES CARACAS, C.A., contra del Acto Administrativo De Fecha 05 De Septiembre De 2006 emanado de la Dirección Estadal De Salud De Los Trabajadores Del Distrito Capital, Vargas y Miranda Del Instituto Nacional De Prevención, Salud Y Seguridad Laborales. Segundo: Se consideran válidas las actuaciones realizadas en el presente asunto de conformidad con los señalamientos efectuados en la parte motiva del presente fallo. Tercero: Una vez vencido el .....