CAPITULO III
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 1, Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, signada bajo el Nº 875.05, seguida en contra de los imputados: XXXXXXXXXXXXXXXXXXX y XXXXXXXXXXXXXXXXXX, de conformidad con lo previsto en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la comisión de los delitos de ROBO GENERICO y LESIONES PERSONALES, previstos en los artículos 455 y 413 del Código Penal Venezolano, respectivamente.-
Regístrese, diarícese, notifíquese y déjese copia de la presente decisión.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.