Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDA LA ACCIÓN intentada por el ciudadano: OSWALDO CHEIN MORENO